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Rentas cortas en República Dominicana: de la consulta pública a una nueva mesa de diálogo

  • Foto del escritor: María Mónica Falla Polania
    María Mónica Falla Polania
  • 29 jul
  • 5 min de lectura
Propiedad residencial evaluada para operar bajo el modelo de rentas cortas en República Dominicana.
La discusión sobre la regulación de las rentas cortas pone el reglamento del condominio y las condiciones de operación entre los documentos que un inversionista debe revisar antes de comprar.

Los borradores que proponían un registro obligatorio salieron del proceso de consulta, según informó la Asociación Dominicana de Rentas Cortas. La discusión sigue abierta y deja una pregunta concreta para quien compra una propiedad con intención de alquilarla: ¿está realmente preparada para operar bajo ese modelo?


La pregunta rara vez llega de entrada. Aparece cuando el comprador ya revisó la ubicación, ya hizo cuentas de los gastos mensuales y empieza a imaginar qué pasará con el apartamento durante los períodos en que no lo use.


—¿Puedo rentarlo cuando no esté?


En Punta Cana, en Bávaro o en cualquier otra zona vinculada al turismo, se repite con frecuencia antes de comprar.


La respuesta suele comenzar por la demanda y por quién administrará la unidad. Después llega el reglamento del residencial. Y durante algunos días de julio, el país sumó una cuarta variable: la posibilidad de que cada unidad tuviera que inscribirse en un registro oficial antes de ofrecerse para estancias cortas.


El Ministerio de Turismo sometió a consulta pública dos proyectos de resolución. El primero proponía crear RENATUR, un registro obligatorio para las propiedades destinadas al alojamiento turístico de corta estadía. El segundo definía las condiciones que tendrían que cumplir propietarios, administradores, anfitriones, prestadores de servicios y plataformas digitales.


Forbes República Dominicana describió la iniciativa como el primer intento de fijar reglas específicas para una actividad que ha transformado la oferta de alojamiento del país. La consulta estaba prevista hasta el 22 de julio de 2026 y los documentos no constituían todavía una regulación vigente.


La discusión, sin embargo, cambió antes de que venciera el plazo. El 21 de julio se informó, a partir de un comunicado de la Asociación Dominicana de Rentas Cortas, ADORECO, que la Consultoría Jurídica del Ministerio de Turismo había comunicado el retiro de los borradores del proceso de consulta y la apertura de una mesa de diálogo con representantes del sector.


Los borradores salieron del proceso de consulta. Las preguntas que abrieron siguen ahí.


Rentas cortas en República Dominicana: Un mercado que dejó de ser secundario


El debate no nació alrededor de una actividad marginal.


En declaraciones compartidas con Forbes República Dominicana, la viceministra técnica de Turismo, Jacqueline Mora, estimó que el país cuenta con unas 56,000 propiedades dentro de este segmento.


También cambió la forma de alojarse. Según las cifras ofrecidas por la funcionaria, entre 2018 y 2024 el número de visitantes hospedados fuera de hoteles pasó de 1.2 millones a 2.7 millones. Mora interpretó ese movimiento como una transformación de la demanda, no necesariamente como el desplazamiento de un modelo por otro.


Apartamentos, villas y viviendas completas participan hoy de la experiencia turística junto con los hoteles. Para las autoridades, eso abre preguntas sobre seguridad, calidad del servicio, supervisión y protección al huésped. Para los propietarios, cualquier obligación nueva toca directamente el uso de un activo privado. Ahí empezó el desacuerdo.

Qué proponían los borradores


El texto establecía que cada propiedad destinada a rentas cortas en República Dominicana debía registrarse antes de ser promocionada. El trámite alcanzaría tanto al propietario como a los terceros encargados de la operación. Entre los requisitos divulgados figuraban documentos de identidad, información sobre el inmueble, autorizaciones para administrar la unidad y una póliza de responsabilidad civil.


Las plataformas digitales también tendrían obligaciones. El borrador proponía que los anuncios nuevos incluyeran el número de RENATUR y concedía un período de adaptación a las propiedades ya publicadas. Cumplido ese plazo, las unidades sin registro tendrían que salir de las plataformas.


El punto con mayor peso para una decisión inmobiliaria estaba dentro del propio reglamento del condominio.


Si las normas internas prohibían expresamente las rentas cortas, la propiedad no podría obtener el registro. La operación, por tanto, no dependería solamente del deseo del propietario ni de la demanda existente: tendría que estar admitida por los documentos que rigen la comunidad. Frente a esa exigencia, una frase como “apto para Airbnb” quedaba corta.


Compra de una propiedad destinada a rentas cortas en República Dominicana.
Antes de recibir una propiedad con intención de alquilarla, el comprador debe confirmar que la renta corta esté permitida, documentada y respaldada por un modelo de administración definido.

Por qué apareció “Mi Propiedad, Mi Derecho”


La campaña “Mi Propiedad, Mi Derecho” surgió en medio de los cuestionamientos de propietarios, administradores y operadores a los borradores.


ADORECO no planteó su posición como un rechazo a toda regulación. La asociación pidió ampliar el proceso, abrir una mesa técnica, armonizar los requisitos y diferenciar entre una persona que alquila ocasionalmente una unidad y una empresa que administra un portafolio completo.


También cuestionó que las rentas cortas se analizaran únicamente como alojamiento turístico. Bajo esta modalidad caben viajes de negocios, estancias académicas, visitas familiares o períodos de alojamiento temporal de dominicanos residentes en el exterior. Desde su posición, una futura norma tendría que reconocer esa diversidad.


Airbnb, por su parte, manifestó a Forbes su disposición a colaborar con las autoridades y respaldó la creación de un registro, siempre que la regulación fuera proporcional y distinguiera a los anfitriones individuales de la operación hotelera tradicional. La plataforma planteó, además, que un marco de esta naturaleza debería discutirse mediante una legislación aprobada por el Congreso Nacional.


El retiro de los documentos no cerró esa discusión. La cambió de mesa.


La pregunta para quien todavía está comprando


Aunque los requisitos propuestos no estén vigentes, el episodio deja una conclusión práctica para el inversionista.


La capacidad de rentar una propiedad por períodos cortos no debe aceptarse únicamente como una característica comercial. Tiene que comprobarse en los documentos y en la forma en que fue concebida la operación.


No todas las propiedades pensadas para rentar funcionan de la

misma manera. En

algunas, una empresa se ocupa de toda la operación; en otras, el propietario debe encargarse de las reservas, la limpieza y la atención de los huéspedes. Antes de separar una unidad, conviene revisar cinco puntos. El reglamento de copropiedad. Debe indicar si las estancias cortas están autorizadas, restringidas o prohibidas.


El modelo de operación. Quién recibe al huésped, quién atiende los incidentes, quién organiza la limpieza y quién responde ante la autorización del operador. Cuando existe una empresa administradora, su relación con la propiedad debe estar documentada.

La cobertura de seguros. El uso real del inmueble debe coincidir con los riesgos contemplados en la póliza.


La alternativa de uso. Una propiedad puede estar bien ubicada y tener demanda, pero el comprador debe entender qué ocurriría si cambian los costos o las condiciones para operar estancias cortas.


Revisión de documentos antes de comprar una propiedad para renta corta en República Dominicana.
La evaluación del contrato, el reglamento de copropiedad y las condiciones de administración permite confirmar si una propiedad está autorizada y preparada para operar bajo el modelo de rentas cortas.

Para quien ya tiene una unidad


El propietario actual tampoco necesita esperar una resolución para revisar su situación.

Puede confirmar qué dice el reglamento vigente, quién figura como responsable de la operación y si los contratos con la administradora corresponden al servicio que realmente se presta. Puede comprobar, además, si el seguro cubre la entrada frecuente de huéspedes y si la documentación tributaria y operativa está organizada.


Ninguna de estas revisiones depende de que RENATUR se apruebe. Son parte

de una operación inmobiliaria ordenada, sobre todo cuando el propietario vive fuera de República Dominicana y confía la gestión del activo a terceros.



Lo que sigue


República Dominicana volverá a discutir cómo regular las rentas cortas. La dimensión que alcanzó el segmento, la apertura de una mesa de diálogo informada por ADORECO y la disposición pública de Airbnb a colaborar con las autoridades indican que el tema no desapareció con el retiro de los primeros borradores.


La regulación definitiva podría conservar algunos requisitos, cambiar otros o tomar una vía jurídica diferente. Todavía no existe un texto final que permita anticiparlo. Para el comprador, sin embargo, algo ya cambió.


La próxima vez que pregunte si puede rentar la propiedad cuando no esté, la respuesta no debería ser un sí pronunciado durante una visita. Debería estar escrita.

 
 
 

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